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En el estado quedó prohibido el obsequio, venta o entrega al consumidor final de bolsas de plástico y uso de popotes que sean elaborados con polietileno de baja densidad, polietileno lineal, polietileno de alta densidad, polímeros de plástico y cualquier otro de sus derivados, en supermercados, tiendas de autoservicio o conveniencia, mercados, comercios de giros diversos y en general cualquier tipo de unidad comercial.
Además queda prohibido, para los que venden alimentos, los envases de tereftalato de polietileno (PET por sus siglas en inglés) y los envases y embalajes de unicel, de un sólo uso.
Al aprobar la iniciativa de reforma a la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos, que presentó la Comisión Permanente de Medio Ambiente, Energías Renovables y Cambio Climático, los diputados de la 64 legislatura establecieron que las autoridades municipales, en un plazo que no deberá de exceder de seis meses deberán establecer en sus reglamentos correspondientes sanciones para quienes no cumplan con estas disposiciones.
Precisaron que la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales del Estado de Oaxaca dispondrá de un lapso de 165 días posteriores a la vigencia del decreto para promover, mediante campañas de difusión, que se prohíbe la utilización de popotes de plástico y bolsas plásticas desechables; así como impulsar el uso de reusables, biodegradables y compostables.
La sanción
La iniciativa presentada por el diputado Horacio Sosa Villavicencio, subraya que transcurridos el término de 165 días otorgado a la secretaría de Medio Ambiente para la difusión de las reformas, los establecimientos comerciales y mercantiles que incurran en desacato serán acreedores en el artículo 99 Bis de la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos.
Este artículo señala que toda persona física o moral que tenga como objetivo un fin preponderantemente comercial e infrinja lo establecido en el artículo 99, que prohíbe las bolsas y popotes de plástico, será acreedor de una multa de mil 500 a 20 mil unidades de medidas y actualización, es decir 126 mil 735 pesos y 1 millón 689 mil 800 pesos, respectivamente.
Puntualiza que en caso de reincidencia, el monto de la multa podrá ser hasta de dos veces el monto original impuesto, sin exceder el doble del máximo permitido, es decir 3 millones 376 mil 600 pesos.
Agrega que procederá la clausura definitiva del establecimiento en caso de cometer la misma infracción por tercera ocasión.
Además dispone que los establecimientos comerciales y mercantiles dispondrán de una lapso de 365 días posteriores a la vigencia del presente decreto, para terminar su inventario de bolsas plásticas desechables y popotes de plástico; así como para elaborar el plan de sustitución de los mismos.
También destaca que quedan exentas de esta normatividad aquellas bolsas que hayan sido producidas incorporando un porcentaje mínimo de 30 por ciento de material reciclado y que la fabricación de dichas bolsas de plásticos sea con materiales y procesos de tecnología que permitan su ágil degradación de acuerdo a la norma NMX-E-267 o las que las sustituyan.
En el caso del PET y el unicel, la reforma establece que las microempresas que comercialicen directamente al consumidor final productos de PET y unicel se les otorgará un año para el cumplimiento de las obligaciones a partir de la vigencia del decreto; en tanto las pequeñas empresas tendrán un periodo de seis meses; y las medianas y grandes empresas contarán con un periodo de gracia de tres meses.
Mares de bolsas y envases
La justificación de la reforma a la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos cita al académico de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) Salvador García Liñán, quien afirma que las bolsas de plásticos están hecha usualmente de polietileno que deriva del gas natural y del petróleo, siendo usadas en todo el mundo desde 1061.
Estima que se fabrican al año entre 500 millones a un trillón de bolsas de plástico en el planeta.
En el 2009 la USITC reportó que sólo en Estados Unidos se usan anualmente 102 billones de bolsas de plástico.
Manifiesta que la gran desventaja de las bolsas de plástico, dice García Liñán, es su lenta descomposición, pues le lleva al polietileno y al plástico 500 años desintegrarse, lo cual lo convierte en un producto de desecho que afecta al medio ambiente.
El plástico no es reciclable ni biodegradable: “es un material que ni la tierra ni el mar pueden digerir. Cada objeto de plástico que existe, siempre existirá”.
Al no desaparecer el plástico se va acumulando en el medio ambiente. En el mundo se tiran a la basura 280 millones de toneladas de plástico al año.
En Alemania se propone que en el 2018 cada habitante del mundo consuma anualmente 90 bolsas de plástico.
Ahora su uso implica más de 4 mil bolsas por persona por año. Todo producto industrial, doméstico, alimenticio, medicinal, etcétera, se empaca en plástico.